Misión, Visión y Valores
Institucionales
El Banhvi es una entidad de Derecho
Público, de carácter no estatal, con personalidad jurídica, patrimonio propio y
autonomía administrativa. Es el ente rector del Sistema Financiero Nacional
para la Vivienda (SFNV) dedicado exclusivamente al financiamiento de vivienda
para los sectores de menores ingresos del país y de la clase media.
Se creó mediante la Ley 7052 y entre sus responsabilidades
están: administrar los recursos asignados por la Ley para invertirlos en Bonos
de Vivienda, supervisar la distribución y uso de estos recursos y gestionar
mediante productos financieros, nuevos ingresos para garantizar la
sostenibilidad al SFNV.
Región de Tabs
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Misión y Visión
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Valores Institucionales
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Misión
Somos el Ente Rector del Sistema Financiero
Nacional para la Vivienda que, por medio de una alianza pública - privada,
contribuye significativamente a la atención del déficit habitacional para
familias de ingresos bajos y medios, aportando al desarrollo económico y
social del país, fomentando el hábitat y ambientes comunales sostenibles.
Visión
Ser reconocida
como la Entidad que más contribuye a la solución del problema habitacional
del país, por medio de los esfuerzos articulados de los integrantes de la
alianza público-privada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda,
ejerciendo el rol definido en su Ley de creación.
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Solidaridad: Empatizamos con
las familias que anhelan una vivienda propia y digna, en igualdad de
condiciones, haciendo nuestras las inquietudes y preocupaciones de nuestros
usuarios finales con el fin de brindar una solución integral.
Compromiso: Trabajamos con la
convicción real de brindar un buen servicio hacia los funcionarios,
beneficiarios y los integrantes del sistema financiero, enfocados en
cumplir las gestiones internas y externas de la mejor forma, con los
factores humanos, institucionales, entes públicos y privados que coordinan
esfuerzos para llevar a cabo la misión y visión de la institución.
Calidad: Impulsamos
la eficiencia y eficacia profesional e institucional en nuestros productos,
procesos, sistemas, funciones y resultados, así como en nuestras conductas
y conocimientos.
Integridad: Ejecutamos
nuestro trabajo con integridad, ética, actuamos siempre con fundamento en
la verdad, cumpliendo nuestros deberes con transparencia y rectitud,
creando confianza y relaciones interpersonales efectivas con nuestros
compañeros de trabajo, clientes y partes interesadas.
Conciencia ambiental: Promovemos acciones positivas que estimulen el uso
racional de los recursos naturales para un equilibrio ecológico.
Trabajo en equipo: Es el esquema organizado de trabajo entre todos
los integrantes de la organización, con el fin de alcanzar metas comunes,
mediante el mayor aprovechamiento de las habilidades de los integrantes,
que son complementarias, mantienen una responsabilidad individual y mutua,
además de un marcado compromiso común por los objetivos. Con este valor,
buscamos generar una sinergia positiva a través del esfuerzo coordinado de
todos, para alcanzar mayor rendimiento, productividad y satisfacción personal.
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Propuesta de Valor
Contribuimos a que las familias, de ingresos bajos
y medios, tengan acceso prioritario al hábitat y el territorio, para la
obtención de una solución de vivienda de calidad, por medio de una distribución
equilibrada y eficiente de los recursos financieros escasos.
Objetivos del Banhvi
Según el artículo 5 de la Ley 7052, los objetivos del Banco Hipotecario
de la Vivienda son los siguientes:
- Obtener recursos,
coordinar la adecuada distribución de los que recauden las entidades
autorizadas, y destinarlos exclusivamente a los fines que señala la ley.
- Promover y financiar a
las entidades autorizadas. (Así reformado por el artículo 165 de la Ley
Orgánica del Banco Central de Costa Rica N°7558 del 3 de noviembre de 1995,
publicada en la Gaceta N° 225 del lunes 27 de
noviembre de 1995).
- Garantizar las
operaciones de las entidades autorizadas, en los términos de la ley y de sus
reglamentos.
- Promover, desarrollar y
estabilizar el mercado secundario de títulos valores en el campo de la
vivienda.
- Velar permanentemente
por el correcto funcionamiento de las entidades autorizadas y hacer los
estudios necesarios para la evaluación y perfeccionamiento de sus operaciones.
(Inciso d) derogado por el artículo 164 de la Ley Orgánica del Banco Central de
Costa Rica, Nº 7558 del 3 de noviembre de 1995,
publicada en la Gaceta N° 225 del lunes 27 de
noviembre de 1995). Dentro del marco legal, el Banco Hipotecario de la Vivienda
tendrá la más amplia libertad de acción para cumplir eficazmente con los
objetivos precedentes, y plena capacidad jurídica para adquirir derechos y
contraer obligaciones.
- Promover, desarrollar y
estabilizar el mercado secundario de hipotecas, para ello podrá constituir
sociedades titularizadoras que adquieran hipotecas en
ese concepto, administrar o constituir fideicomisos, así como avalar o
garantizar emisiones de valores producto de titularizaciones. (Inciso e)
adicionado por el artículo 1° sub-artículo 24 de la
Ley N° 8507 del 28 de abril de 2006, publicada en la
Gaceta N° 94 del martes 16 de mayo de 2006).
Horario de atención: de lunes a jueves de 8 a.m. a 5 p.m. y viernes de 8 a.m. a 4 p.m. en
jornada continua.
Fecha de Última Modificación en el Portal: 10/02/2025