PERMISOS ESPECIALES - Información General


REQUISITOS PARA VENTA SIN REINTEGRO DEL BONO EN CASOS DE EXTREMA NECESIDAD

  1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando el permiso de venta, explicando las razones y el porqué de la imposibilidad material de devolver el monto del bono.Si el subsidio fue solo para compra de lote, manifestar que renuncian al remanente (esto en caso de no haberse utilizado), de haberse utilizado indicar el porqué de la imposibilidad material de devolver el monto del remanente.La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.
  2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.
  3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.
  4. Constancia salarial de los miembros del núcleo familiar que perciban ingresos emitida por la empresa para la que laboran, especificando el salario bruto y neto y la fecha en que ingresaron a laborar.
  5. En caso de no ser asalariados, certificación de ingresos (puede ser copia) de los miembros del grupo familiar, que cubra como mínimo un periodo de tres meses, emitida por un Contador Publico o Contador Privado.En ambos casos especificar el salario bruto y neto.
  6. Estudio técnico comparativo de ambas propiedades para determinar la suficiencia de garantía (entre la propiedad a vender y la propiedad a comprar).
  7. Opción de venta del inmueble financiado con el bono.
  8. Opción de compra de la nueva solución.
  9. Estudio socioeconómico, emitido por el profesional que corresponda, de la familia que obtuvo el bono y que ahora vende.
  10. Indicar en la carta el número de folio real de la propiedad a ser comprada.

Importante: si la persona que va a comprar está propiedad lo hará por medio de un crédito deberá solicitar los requisitos de permiso de hipoteca.

Nota:De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

 

Actualizada al 12/01/2011
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