REQUISITOS PARA VENTA ENTRE CONYUGES CON REINTEGRO DEL 50 % DEL MONTO DEL BONO
1. Carta suscrita por ambos cónyuges solicitando el permiso de venta, explicando las razones, indicando que ya reintegraron el 50% del monto del bono y si el subsidio fue solo para compra de lote, manifestar que renuncian al remanente (esto en caso de no haberse utilizado), de haberse utilizado deberán reintegrar también el 50% del monto del remanente.La carta debe venir firmada por los dueños de la propiedad y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.
2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.
3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.
4. Si el subsidio fue solo para compra de lote y el trámite se formalizó a partir de julio del 2000, se deberá reintegrar el 50% del monto de los intereses que estos recursos hubiesen devengado si hubieran estado invertidos.
5. Copia del deposito del reintegro del 50% del monto del bono.Este deberá depositarse en la cuenta corriente Nº 176608-2 del Banco de Costa Rica.
6. En caso de divorcio o separación judicial se debe aportar la respectiva sentencia emitida por el Juzgado de Familia competente.
7. En caso de separación de hecho debe ser por medio de declaración jurada en escritura pública con la comparecencia de dos testigos que corroboren la separación de la pareja por un periodo de más de tres años.
8. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que se encuentra activo, donde el deudor es el cónyuge que vende y que ya no habitará la vivienda, deberán aportar carta de la institución acreedora donde indique que está de acuerdo con la gestión y con el respectivo cambio de deudor.
9. Si el cónyuge que vende y que ya no habitará la vivienda, era el jefe de familia y el que aportaba los ingresos, deben presentar la Fórmula BANHVI, la cual se adjunta, con la información completa y actualizada de los miembros del núcleo familiar que habitan la vivienda.
10. Constancia de ingresos de la persona que quedará como jefe de familia y dueño total de la propiedad. Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.
Fórmula BANHVI para enviar por fax
PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.
|
La fórmula BANHVI se encuentran en formato PDF, por lo cual requieren del Acrobat Reader, si no lo poseen pueden descargarlo gratuitamente presionando el icono de la izquierda. |
|
|